I. |
Contribuir al cumplimiento de la normativa vigente en materia de
igualdad entre mujeres y hombres en todo quehacer institucional;
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II. |
Fortalecer la igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación
y la inclusión en la Secretaría;
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III. |
Consolidar una cultura laboral y organizacional de igualdad de
oportunidades, sin violencia y libre de discriminación al interior de la Secretaría;
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IV. |
Planificar, verificar y dar seguimiento a la introducción de la perspectiva y transversalidad
de género en la planeación, programación, ejecución y evaluación de programas, proyectos, acciones
y políticas públicas al interior de la Secretaría;
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V. |
Organizar y coordinar la capacitación, formación y, en su caso, certificación del personal en
materia de género, transversalidad e igualdad sustantiva entre mujeres y hombres;
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VI. |
Asegurar que la prestación de atención y servicios a la población se lleve a cabo con
perspectiva de género, sin violencia y sin discriminación;
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VII. |
Proponer cambios a la normatividad interna y a las estructuras organizacionales que aseguren la
incorporación de la perspectiva y transversalidad de género entre mujeres y hombres;
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VIII. |
Difundir información referente al proceso y resultados de la incorporación de la perspectiva y
transversalidad de género en la cultura organizacional y en las políticas públicas de la Secretaría;
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IX. |
Diseñar un Programa Anual de Trabajo que contemple una agenda institucional
para incorporar la perspectiva de género;
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X. |
Participar en los procesos de planeación, programación y presupuesto de la Secretaría, con el
propósito de proponer las medidas que permitan la incorporación de la perspectiva de género;
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XI. |
Planear, ejecutar y evaluar acciones enfocadas a disminuir las brechas de desigualdad
entre mujeres y hombres en la Secretaría;
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XII. |
Coordinarse con la Secretaría de Inclusión para la implementación de acciones,
planes y programas que incidan en la calidad de vida de las personas integrantes
de los grupos en situación de vulnerabilidad;
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XIII. |
Las demás atribuciones que en el ámbito de su competencia le sean encomendadas
por la o el Titular de la Secretaría, así como las que le confieran las disposiciones legales,
administrativas y reglamentarias aplicables.
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